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Brigada Político-Social

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La Brigada Político-Social, cuyo nombre oficial era Brigada de Investigación Social (conocida también como La Social, La Secreta o La Brigada) fue un cuerpo policial represor vigente durante la dictadura franquista.

Historia

Fue creada formalmente en 1941 con la Ley sobre funcionamiento de las Jefaturas Superiores de Policía y la Ley de Vigilancia y Seguridad. Su antecedente inmediato fue el Decreto de 24 de junio de 1938 de los sublevados en la Guerra Civil que creaba, en el ámbito civil y dentro de las competencias de los gobernadores en las distintas provincias, un Negociado político específico para "el control de las materias en la acción política" y la "prevención y represión" de cualesquiera actividades que "obstruyan o desvíen" las "directrices generales del gobierno".

Su desaparición no se formalizó hasta la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad aprobada durante el primer gobierno socialista de Felipe González, aunque sus competencias fueron restringidas en diferentes decretos aprobados en 1976, 1977 y 1981, tras el fracasado golpe de Estado del 23 de febrero.

Acción represora

Antoni Batista y la asociación de jueces, fiscales y abogados, Justicia Democrática, son las que más han profundizado la tarea represora de la Brigada Político-Social. Justicia Democrática destacó en sus informes, todavía en plena dictadura, que se practicaban "las torturas policiales en régimen de expresa impunidad" cuando se suspendieron los derechos durante los múltipless estados de excepción que desde la década de 1960 hasta la muerte del dictador se declararon en especial en tres zonas: País Vasco, Cataluña y Madrid. En los informes se señaló que, en aquellas situaciones y lugares donde no se estaba en régimen de excepción, las brigadas presentaban sus informes y peticiones para la firma de los jueces sin formalismo alguno, con premura y bajo un clima de amenaza. La posibilidad de que un juez se negara eran remotas, y la de que pudiera investigar libremente cualquier denuncia de los detenidos y/o torturados también, máxime cuando ellos mismos estaban sometidos a la acción de las Brigadas.

Ningún juez se atrevería a excusar la tortura en una resolución, pero algunos cierran sistemáticamente los ojos a todo signo de tortura y suscriben el argumento de la necesidad de la misma como método de investigación para no dejar inerme al Estado.

Estructura y funcionamiento

La Brigada Político-Social se estructuraba dentro del cuerpo de la Policía Armada (aunque la Guardia Civil se integraba en ella cuando se actuaba en núcleos urbanos) y por elementos falangistas, sobre todo en los primeros años.

Dependían directamente de los gobernadores civiles y del ministerio de la Gobernación, y su función represora se ejercía en el ámbito de la oposición al franquismo y de cualesquiera grupos sociales, basándose en toda la normativa represora del régimen, en especial la Ley Represora de la Masonería y el Comunismo, la Ley de Unidad Sindical, la Ley de Responsabilidades Políticas, la de peligrosidad y rehabilitación social y la de vagos y maleantes. Sus acciones consistían en seguimientos, escuchas telefónicas, control de la correspondencia particular y de las empresas y colectivos, (todo ello sin control judicial alguno), detenciones gubernativas indefinidas, confiscación e incautación de bienes y la práctica de la tortura para la averiguación de los hechos o como forma de castigo. La aplicación del Fuero de los Españoles, que en teoría garantizaba algunos de los derechos fundamentales, quedó en la práctica sin efecto, dado que las funciones de "prevención del delito" que la legislación le asignaba, permitía a sus miembros argumentar detenciones aunque ni siquiera existieran sospechas fundadas sobre la comisión de un delito. También, las numerosas situaciones de excepción decretadas por el régimen, permitieron suspender la aplicación del Fuero durante largos periodos de tiempo y en territorios determinados.

Muchas de sus actividades eran examinadas por dos tribunales creados específicamente para la represión política: el Tribunal Especial de Represión de la Masonería y el Comunismo y los Tribunales de Orden Público, con lo que los tribunales y jueces ordinarios apenas podían conocer de los asuntos de la Brigada.

Referencias

  • BATISTA, Antoni.: Brigada Social. Editorial Empuries, 1995. ISBN 9788475964775
  • VV.AA. (Justicia Democrática).: Los jueces contra la dictadura. Justicia y política en el franquismo, Tucar Ediciones, Madrid, 1978.
  • LAIZ CASTRO, Consuelo.: La Lucha final: los partidos de la izquierda radical durante la transición española, Ed. Los Libros de la Catarata, Madrid, 1995.
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